InfoMazars N°05-2017 Aumento Salarial mayo 2017

InfoMazars N°05-2017

AUMENTO DEL SALARIO MINIMO MENSUAL, AJUSTE DEL PAGO DEL BONO DE ALIMENTACIÓN Y SUS EFECTOS EN LAS CONTRIBUCIONES SOCIALES EN VENEZUELA

En la Gaceta Oficial Extraordinaria N°6.296 de fecha 2 de mayo de 2017, el Ejecutivo Nacional estableció que a partir del 1° de mayo de 2017, el anterior salario mínimo nacional mensual obligatorio de Bs. 40.638, es incrementado en un 60%, ubicando el nuevo salario mínimo nacional mensual en Bs. 65.021,04 para todos los trabajadores que presten servicio en el sector público y privado en Venezuela.

 

De igual forma, se aumentó en un 60% el salario mínimo nacional mensual obligatorio en Venezuela para los trabajadores adolescentes y aprendices, quedando en
Bs. 48.354,96.

Salario mínimo mensual

A partir del 1° de mayo de 2017

Desde el 1° de enero de 2017 hasta el 30 de abril 2017

Salario mínimo mensual

Bs. 65.021,04

Bs. 40.638,15

Salario mínimo mensual para aprendices y adolescentes

Bs. 48.354,96

Bs. 30.221,85

El beneficio de educación inicial y guardería, que aplica a los trabajadores con hijos de hasta seis (6) años, se calcula a partir del salario mínimo mensual y quedará así: 

Beneficio

A partir del 1° de mayo de 2017

Desde el 1° de enero de 2017 hasta el 30 de abril 2017

Educación Inicial/Guardería (*)

Trabajadores con un salario igual o menor a 5 salarios mínimos

Bs. 26.008,41

Trabajadores con un salario igual o menor a 5 salarios mínimos

Bs. 16.255,26

(*)  Corresponde al 40% del nuevo salario mínimo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.

El aumento general establecido para el salario mínimo mensual obligatorio a nivel nacional afecta los topes de las contribuciones sociales que basan su cálculo en el salario mínimo mensual, tales como:

Contribución

Nuevo tope

Tope actual en

Tope en salarios

Seguro Social Obligatorio

Bs. 325.105,20

Bs. 203.190,75

5 salarios mínimos

Régimen Prestacional de Empleo

Bs. 650.210,40

Bs. 406.381,50

10 salarios mínimos

Mediante el Decreto N°2.833 de fecha 2 de mayo de 2017, publicado en la Gaceta Oficial N°6.296 se incrementó la base de cálculo y se modifica la modalidad para el pago del beneficio del Cestaticket Socialista.

 

En este sentido, las empresas públicas y privadas deberán ajustar la remuneración del ticket de alimentación a todos los trabajadores, esta remuneración pasará de Bs.108.000 a Bs. 135.000, lo que equivale a Bs. 27.000 adicionales. La base de cálculo de dicho bono es la siguiente:

  • 15 UT x Bs. 300 = Bs. 4.500
  • Bs. 4.500 x 30 días = Bs. 135.000

Según el Artículo N°3 del Decreto:

 

“Los empleadores y empleadoras tanto del sector público como del sector privado, pagarán a cada trabajador y trabajadora en efectivo o mediante abono en su cuenta nómina el monto por concepto de Cestaticket Socialista a que se refiere el artículo 1° de este Decreto, expresando en recibo de pago separado el monto que resulte por los días laborados, así como indicando que el mismo no genera incidencia salarial alguna, y en consecuencia no podrán efectuarse deducciones sobre éste, saldo las que expresamente autorice el trabajador para la adquisición de bienes y servicios en el marco de los programas y misiones sociales para la satisfacción de sus necesidades.”

 

En el Artículo N° 6 se da un plazo de treinta (30) días, contados a partir de su publicación, para que las entidades de trabajo pública y privada, adecúen los sistemas de nóminas para proceder al pago del Cestaticket Socialista a los trabajadores, en dinero efectivo en sus cuentas.

 

Ambos decretos, entraron en vigencia a partir del 1° de mayo de 2017.

Para cualquier duda en relación con el contenido del presente boletín informativo comuníquese con la División de Asesoría Tributaria de Adrianza, Rodríguez, Céfalo & Asociados (Mazars Venezuela) a:  arc.mazars@mazars.com.ve